🏦 Bancos¿Qué es el Fondo de Garantía de Depósitos y Cómo Protege tu Dinero?
El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) es el mecanismo que protege tus depósitos en los bancos, cooperativas de ahorro y crédito, mutuales y financieras supervisadas por la SUGEF en Costa Rica. Fue creado por la Ley de Garantía de Depósitos (Ley 9816) y empezó a operar en 2022, administrado por el Banco Central. Antes de esa ley, solo los depósitos en los bancos estatales tenían garantía del Estado; ahora la protección es igual para todas las entidades reguladas. Si tu entidad entra en resolución, el FGD te devuelve tus depósitos hasta un monto máximo, sin trámites complicados y sin costo para vos.
¿Cuánto cubre el FGD?
La cobertura es de hasta ₵6.000.000 por persona en cada entidad (alrededor de USD 11.000), un monto que el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero puede actualizar. Cubre depósitos de ahorro, a la vista y a plazo (certificados de depósito), en colones o en dólares.
El límite aplica por persona y por entidad: varias cuentas tuyas en el mismo banco se suman y se protegen como una sola, hasta el límite. Si tenés cuentas en dos entidades distintas, cada una está protegida hasta ₵6.000.000 por separado. La cobertura es automática — no tenés que registrarte.
¿Qué no cubre el FGD?
Las inversiones — fondos de inversión, participaciones de fondos, acciones, bonos, recompras — no son depósitos y no están cubiertas por el FGD. Su valor sube y baja con el mercado, y eso es un riesgo normal, no algo que cubra una garantía. El dinero en una entidad que no está supervisada por la SUGEF también queda fuera.
El FGD tampoco te protege contra tasas bajas ni contra la inflación. Solo aplica al caso en que la entidad financiera misma entra en un proceso de resolución o liquidación.
Si manejás montos grandes
Como el límite es de ₵6.000.000 por entidad, para montos mayores la garantía cubre solo una parte. Repartir el dinero entre varias entidades supervisadas por la SUGEF ayuda; para saldos grandes también pesa la solidez de la entidad: su calificación de riesgo, su nivel de capital y su trayectoria.
Cuando una entidad entra en resolución, el Banco Central y el CONASSIF buscan traspasar los depósitos a otra entidad o pagar la parte cubierta por el FGD. El monto que exceda la cobertura entra al proceso de liquidación, que puede tardar y no garantiza una devolución completa.
Preguntas Frecuentes
- ¿Cuánto cubre el FGD en Costa Rica?
- Hasta ₵6.000.000 por persona en cada entidad (unos USD 11.000). Cubre depósitos de ahorro, a la vista y a plazo, en colones o en dólares. El monto lo puede actualizar el CONASSIF.
- ¿Los bancos estatales y los privados tienen la misma garantía ahora?
- Sí. Desde la Ley 9816 (2020), que entró en operación en 2022, todas las entidades supervisadas por la SUGEF — bancos públicos y privados, cooperativas, mutuales, financieras — están en el FGD con el mismo límite. Antes solo los bancos del Estado tenían garantía plena.
- ¿Mi fondo de inversión está cubierto por el FGD?
- No. Los fondos de inversión, las acciones y los bonos son inversiones, no depósitos, así que quedan fuera. Solo el dinero en cuentas de depósito en entidades supervisadas por la SUGEF está cubierto.
Contenido informativo, no constituye asesoría financiera, impositiva ni legal. Verifica montos, límites y condiciones vigentes directamente en las fuentes oficiales (la CCSS, SUPEN, la DGT, la SUGEF, el FGD, el BANHVI) antes de tomar una decisión.