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¿Qué es el Fondo de Garantía de Depósitos?

El Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGD) es el mecanismo que devuelve tu dinero si el banco, la cooperativa de crédito o el establecimiento financiero donde lo tienes entra en quiebra o resolución. Cubre hasta 100.000 euros por titular y por entidad, y desde la reforma de 2024 debe pagar en un plazo de 7 días hábiles. Lo financian las propias entidades con aportaciones anuales, no los clientes: la protección es automática y gratuita. No cubre cualquier producto: protege el dinero en cuentas y depósitos, no las inversiones. Y en el caso de los neobancos extranjeros, el fondo que responde no siempre es el español. Este artículo aclara qué entra, qué no y qué ocurre con las cuentas conjuntas y los bancos de fuera.

Qué es y cuánto cubre

El FGD garantiza los depósitos de las entidades de crédito españolas adheridas y de las sucursales en España de bancos de fuera de la UE. El límite es de 100.000 euros por depositante y entidad: si tienes 100.000 euros en una cuenta y 100.000 en otra del mismo banco, solo están cubiertos 100.000 en total. Si repartes ese dinero entre dos bancos distintos, cada saldo de 100.000 queda cubierto por separado.

En situaciones concretas y por un tiempo limitado (normalmente hasta tres meses desde que se ingresó el dinero), el FGD cubre importes por encima de 100.000 euros procedentes de operaciones como la venta de la vivienda habitual, indemnizaciones o herencias: son los llamados depósitos temporalmente elevados. Fuera de esos casos, el tope firme son 100.000 euros.

Qué cubre y qué no

Cubierto: el saldo en cuentas corrientes, cuentas de ahorro, cuentas a la vista y depósitos a plazo, en euros o en divisa, incluidos los intereses devengados hasta la fecha. No cubierto: fondos de inversión, acciones, bonos, ETF, planes de pensiones, seguros de ahorro (como los unit linked) ni el dinero en entidades de pago o de dinero electrónico que no son bancos.

La garantía de depósitos es independiente y compatible con la garantía de inversiones: si el mismo banco también te prestaba servicios de inversión y no puede devolverte los valores, existe una cobertura separada de hasta 100.000 euros para eso. Pero ninguna de las dos cubre que tus inversiones pierdan valor en el mercado.

Cuentas conjuntas y varios bancos

En una cuenta con dos o más titulares, el límite de 100.000 euros se aplica a cada uno de ellos. Una cuenta conjunta de dos personas está cubierta, por tanto, hasta 200.000 euros (100.000 por titular), salvo que se haya pactado otro reparto. El saldo se atribuye a partes iguales si no consta otra cosa.

Si el total de tu dinero en efectivo supera los 100.000 euros, la forma habitual de mantenerlo todo garantizado es repartirlo entre entidades distintas e independientes. Ojo: dos marcas comerciales del mismo grupo bajo una única licencia bancaria comparten un solo límite; lo que cuenta es la entidad de crédito con ficha propia, no el nombre comercial.

Bancos extranjeros y neobancos

Dentro de la Unión Europea rige el principio de país de origen: una sucursal en España de un banco autorizado en otro Estado miembro está cubierta por el fondo de garantía de ese país, no por el FGD español. La cobertura mínima está armonizada en 100.000 euros o su equivalente en toda la UE, pero quien paga y el procedimiento son los del país de origen.

Esto afecta a muchos neobancos populares en España. Por ejemplo, buena parte de los servicios de Revolut se prestan desde su banco en Lituania, así que el fondo lituano es el que responde; N26 es un banco alemán y aplica el fondo alemán. Antes de meter ahorro en un neobanco, comprueba en sus condiciones qué entidad tiene la licencia, en qué país y qué fondo de garantía te cubre; y distingue si operas con un banco (hay cobertura) o con una entidad de dinero electrónico (no hay FGD, aunque el dinero debe estar salvaguardado en cuentas separadas).

Preguntas Frecuentes

¿Tengo que solicitar la cobertura del FGD?
No. Es automática para cualquier depósito en una entidad adherida y gratuita para el cliente: son las entidades las que aportan al fondo. Si una entidad entra en resolución, el FGD identifica a los depositantes y les paga sin que tengan que reclamar.
¿El FGD cubre mis fondos de inversión o mis acciones?
No. El FGD solo cubre el efectivo en cuentas y depósitos. Los fondos, acciones, bonos y ETF están fuera; para los servicios de inversión existe una garantía distinta (hasta 100.000 euros) que cubre el incumplimiento de la entidad, no las pérdidas de mercado.
¿Cuánto tarda el FGD en devolver el dinero?
El plazo es de 7 días hábiles desde que la entidad se declara en situación de no poder devolver los depósitos, tras la reforma de 2024 que acortó los plazos anteriores.
¿Mi dinero en Revolut o N26 está cubierto por el FGD español?
No. Al ser bancos autorizados en otros países de la UE (Lituania y Alemania, respectivamente), responde el fondo de garantía de ese país, con el mismo mínimo de 100.000 euros pero otro pagador y otro procedimiento. Confirma siempre en las condiciones qué entidad y qué país figuran.

Contenido informativo, no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni legal. Verifica importes, límites y condiciones vigentes directamente en las fuentes oficiales (Seguridad Social, Banco de España, Agencia Tributaria, Fondo de Garantía de Depósitos) antes de tomar una decisión.

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